Reseña Histórica

En 1934 la Personería fue reestructurada, otorgándosele la facultad de conocer asuntos de carácter civil, administrativo y penal

La historia cuenta que en la misma antigüedad existían personas que se encargaban de denunciar a los funcionarios públicos que abusaban de sus cargos.
En América existió la institución de los Síndicos Personeros del común o Procuradores Generales de las ciudades, que eran escogidos por el Cabildo.

En América existió la institución de los Síndicos Personeros del común o Procuradores Generales de las ciudades, que eran escogidos por el Cabildo, que no ejercían las funciones de Fiscalías de la Corona, si no que tenían como tarea principal la vigilancia del Fisco. Los Síndicos Personeros estaban encargados de llevar la vocería del pueblo para conseguir la aplicación correcta de las leyes, o en otras para obtener sus derechos y lograr cumplida justicia.

En Colombia, la institución del personero municipal fue heredada del régimen español durante la colonia, en el siglo XIV, por instrucción real del 26 de junio de 1776, se creó formalmente la figura del Síndico Personero y se fijó período anual; en 1893 el Ministro de Justicia, Miguel Antonio Caro, autorizó a los Concejos Municipales para elegir a los Personeros.

En 1934 la Personería fue reestructurada, otorgándosele la facultad de conocer asuntos de carácter civil, administrativo y penal; así como de llevar la voz del Ministerio Público en los negocios que se adelantaran en los juzgados municipales.

En el año 1893 el ministro de justicia. Miguel Antonio Caro, autorizó a los Concejos municipales para elegir a los Personeros. aun cuando la figura de Personero ya existía desde el siglo xix, en el Concejo distrital de Barranquilla reposa el acuerdo n° 3 que data de 1945 “por el cual se organiza la personería municipal y se hacen otras ordenaciones” constituye en el primer documento que se da cuenta de la existencia de la personería en el entonces municipio de barranquilla.