Reseña Histórica
En 1934 la Personería fue reestructurada, otorgándosele la facultad de conocer asuntos de carácter civil, administrativo y penal
La historia cuenta que en la misma antigüedad existían personas que se encargaban de denunciar a los funcionarios públicos que abusaban de sus cargos.
En América existió la institución de los Síndicos Personeros del común o Procuradores Generales de las ciudades, que eran escogidos por el Cabildo.
En América existió la institución de los Síndicos Personeros del común o Procuradores Generales de las ciudades, que eran escogidos por el Cabildo, que no ejercían las funciones de Fiscalías de la Corona, si no que tenían como tarea principal la vigilancia del Fisco. Los Síndicos Personeros estaban encargados de llevar la vocería del pueblo para conseguir la aplicación correcta de las leyes, o en otras para obtener sus derechos y lograr cumplida justicia.
En Colombia, la institución del personero municipal fue heredada del régimen español durante la colonia, en el siglo XIV, por instrucción real del 26 de junio de 1776, se creó formalmente la figura del Síndico Personero y se fijó período anual; en 1893 el Ministro de Justicia, Miguel Antonio Caro, autorizó a los Concejos Municipales para elegir a los Personeros.
En 1934 la Personería fue reestructurada, otorgándosele la facultad de conocer asuntos de carácter civil, administrativo y penal; así como de llevar la voz del Ministerio Público en los negocios que se adelantaran en los juzgados municipales.
En el año 1893 el ministro de justicia. Miguel Antonio Caro, autorizó a los Concejos municipales para elegir a los Personeros. aun cuando la figura de Personero ya existía desde el siglo xix, en el Concejo distrital de Barranquilla reposa el acuerdo n° 3 que data de 1945 “por el cual se organiza la personería municipal y se hacen otras ordenaciones” constituye en el primer documento que se da cuenta de la existencia de la personería en el entonces municipio de barranquilla.
- Adelantar afiliaciones y seguimiento a la seguridad social de los funcionarios
- Preparar liquidaciones, certificaciones y constancias en el ámbito concerniente a la administración de personal.
- Diseñar, implementar y coordinar los procesos de adquisiciones y contratación de bienes y servicios requeridos por la entidad, aplicando para ello los procedimientos legales establecidos.
- Promover y ejecutar programas de bienestar social laboral en coordinación con entidades públicas o privadas competentes y evaluar el desarrollo de los mismos.
- Intervenir en los conflictos que afecten el clima organizacional de la entidad.
- Llevar el registro de los contratos que celebre el Personero Distrital y velar por su cumplimiento en los términos que en ellos se establezca.
- Llevar los registros de suministros y elementos del almacén general de la entidad y velar por su custodia y distribución de acuerdo con las necesidades.
- Formular la política en materia de administración del archivo general y las hojas de vida del personal de la entidad, constituyéndose en la responsable de su organización y custodia.
- Generar el buen manejo, control y conservación de la correspondencia de la Personería Distrital de Barranquilla.
- Resolver en los términos establecidos por la ley los derechos de petición de competencia de la dirección administrativa y proyectar las acciones de tutela.
- Planear, organizar y ejecutar todas las actividades relacionadas con el manejo de la correspondencia de la entidad, así como la recepción de documentos y atención al usuario.
- Garantizar la correcta ejecución del presupuesto de la Personería Distrital y asegurar que todas las erogaciones se realicen de conformidad a normas legales vigentes.
- Todas aquellas que se relacionen con el ámbito de sus competencias o que se encuentren asignadas por la ley o los reglamentos.
- Participar en la definición de los objetivos de corto, mediano y largo plazo tendientes a cumplir la misión institucional.
- Preparar y elaborar el proyecto de presupuesto y el PAC, manteniendo permanente coordinación con el nivel central de la administración Distrital.
- Planear, organizar y ejecutar todas las actividades relacionadas con la administración de los recursos físicos de la entidad, atendiendo la prestación eficaz de los servicios de la vigilancia, mantenimiento, aseo, trasporte, comunicaciones, reparaciones locativas, utilización y mantenimiento de vehículos, suministro de combustibles, lubricantes y repuestos.
- Llevar el registro actualizado de los inventarios de los recursos físicos de la entidad.
- Llevar la contabilidad de la entidad y presentar informes contables, fiscales y financieros, balances, reportes, listados y formularios que requieran el Personero, las autoridades administrativas y los agentes de vigilancia y control pertinentes.
- Atender a las actividades propias del pago de las cuentas de la Personería Distrital.