Acción popular

La Personería Distrital de Barranquilla, brinda el servicio de elaboración o coadyuvancia de acciones populares, de acuerdo a lo establecido en la Ley 472 de 1998.

Para lo cual la ciudadanía podrá solicitar a nuestra entidad la elaboración de una acción popular o la Coadyuvancia (acompañamiento) en la acción popular antes que se profiera el fallo por parte de primera instancia.

Requisitos para Acceder al Servicio

Para acceder a este servicio, tener en cuenta que:


  • En dispensable que los derechos a proteger sean de interés colectivo. Dado que, de acuerdo a su definición, establecido en la Ley 472 de 1998, Art. 2: “Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible”.


  • Así mismo, los derechos intereses colectivos, se encuentran relacionados en el Art. 4, de la citada Ley, donde se encuentran por ejemplo: Derecho al medio ambiente, espacio público, seguridad, infraestructura, servicios públicos, entre otros.

Características del Servicio


  • No se requiere cita previa.


  • No se requiere tramitadores.


  • No tiene costo.


  • Atención en orden de llegada, preferencial para personas en condición de discapacidad, mujeres embarazadas, personas con niñ@s y adultos mayores.

Tiempo de respuesta


  • Presencial: un mes calendario.


  • Escrito: un mes calendario.


  • Pagina web: un mes calendario.


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