Acción de tutela

Cuando se observe o considere la vulneración de un derecho fundamental, La Delegada para la Guarda y Promoción de los Derechos Humanos, elabora la Acción constitucional TUTELA, para ser presentada por el ciudadano ante el juez respectivo.

Las tutelas pueden ser con medida provisional (menor de 24 horas para fallo del juez) y ordinarias (10 días para fallo del juez).

Requisitos para Acceder al Servicio

Para acceder a este servicio, tener en cuenta que:


  • El derecho vulnerado sea fundamental, según la Constitución Política (Art. 11 al 41).


  • Tener identificada la entidad o persona objeto de la tutela.


  • Documento de identificación de la persona vulnerada y/o de su agente oficioso (si lo tuviese).


  • Documentos (si se tienen) de haber agotado otra vía administrativa (peticiones, negaciones, otros).


  • Soportes como Historia Clínica, ordenes médicas, contratos laborales, etc.


  • Datos de contacto dirección, teléfono y correo electrónico para su notificación.

Características del Servicio


  • No se requiere cita previa.


  • No se requiere tramitadores.


  • No tiene costo.


  • Atención en orden de llegada, preferencial para personas en condición de discapacidad, mujeres embarazadas, personas con niñ@s y adultos mayores.

Tiempo de respuesta


  • Presencial: inmediata.


  • Escrito: 3 días hábiles.


  • Pagina web: 15 días hábiles.


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